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3 de 3 contra la violencia

Patricia Alvarado Defensora de Derechos Humanos
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Patricia Alvarado

3 de 3 contra la violencia

3 de 3 contra la violencia

Guadalajara, Jalisco.- Este 29 de abril en el DOF ( Diario Oficial de la Federación) se emitió Decreto que reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público, todo ello aprobado con antelación por las cámaras de Diputados y Senadores, y avalado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, así como la mayoría de las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México.

Con esta reforma constitucional se hace justicia a las mujeres víctimas de violencia de género, violencia sexual, se hace justicia a los niños porque ningún deudor alimentario tampoco tendrá derechos a postularse o acceder a cargo público.

En el Decreto a la letra dice:

Artículo 38. …

       I. IV. …

      V.    Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal;

      VI.    Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión, y

      VII.   Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.

       Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

       En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Artículo 102.

A. …

Para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República se requiere: ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciatura en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso….

Este Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nuevos rumbos en el ámbito político se avizoran para las mujeres, ningún agresor al poder, años de defensa de derechos humanos y solidaridad entre mujeres ha fructificado con este Decreto, Yndira Sandoval activista e impulsadora de la “ley 3 de 3” ha manifestado que “la 3 de 3 no sólo reforma la constitución, sino genera un nuevo orden político, la feminismocracia, con las mujeres al frente, los derechos al frente, y ningún agresor al poder”.

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