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Libertad de expresión y de acceso a la información, derechos fundamentales.

Patricia Alvarado Defensora de Derechos Humanos
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OBSERVANDO

Patricia Alvarado

“Es un deber inalienable de todo revolucionario del mundo, convertirse en un comunicador popular”.

Patricia Alvarado Defensora de Derechos Humanos

Guadalajara, Jalisco. Desde tiempos inmemoriales aproximadamente 300 años, -siglo XVIII- la idea de que la ciudadanía pudiera elegir libremente a sus gobernantes parecía una utopía, como tampoco se creía viable que las personas expresaran y plasmaran libremente sus ideas, pensamientos u opiniones, inclusive existía la -Santa Inquisición- institución que censuraba e inhibía cualquier pensamiento que cuestionara al gobierno monárquico de esa época.

El tiempo y la progresividad

    El tiempo y la progresividad en derechos humanos ha ido cambiando al pasar del tiempo es así que a principios del siglo XIX y después de la revolución norteamericana de 1776 y la francesa de 1789 se empezó a admitir que las personas tenían un conjunto de derechos y libertades fundamentales los cuales les daba el derecho de escribir, comunicarse, opinar, reunirse, manifestarse, entre otros sin que el gobierno tuviera injerencia, dando origen a los derechos humanos los cuales no se otorgan sino que se reconocen como derechos inalienables a la persona humana, mismos que se plasmaron en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789.

     La Declaración en comento, proclamó los derechos a la libertad de expresión que a la letra dice: “La libre comunicación de los pensamientos y las opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre: todo ciudadano puede entonces hablar, escribir, e imprimir libremente, salvo su obligación de responder al abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley”.

El tiempo en la progresividad

    El tiempo en la progresividad de derechos ha ido a la par de las distintas épocas es así que en 1948 a mitad del siglo XX y una vez concluida la Segunda Guerra Mundial los países libres proclamaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el artículo XIX se acentuó reformulando la libertad de expresión cuya concepción es “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitaciones de fronteras, por cualquier medio de expresión”, texto que fue retomado por diferentes tratados internacionales de derechos humanos y que han sido firmados por México  y el cual forma parte de nuestro derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información, siendo que en su concepción más amplia estos derechos comprenden libertades como la de buscar, difundir y recibir informaciones e ideas y cuya protección alcanzan a todas las personas  que expresen y difunden ideas o pensamientos, como a quienes las reciben, difunden, investigan por cualquier medio.

     En nuestro país en la Constitución de 1917 y luego en la Reforma Constitucional de 1977 en sus artículos 6º. y 7º. constitucionales se consagraron la libertad de acceso a la información y la libertad de expresión como dos derechos fundamentales y donde el estado garantiza estos derechos como un vínculo estrecho con la democracia.

Lucha por la libertad de expresión

     La lucha por la libertad de expresión sigue en nuestro país, México se ha convertido en uno de los países más peligrosos para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información, a partir del gobierno de Andrés Manuel López Obrador, el 1º. de diciembre de 2018 la violencia contra periodistas se ha agravado según reporta Espacio OSC, (Espacio de Organizaciones de la Sociedad Civil para la protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas), además de agresiones contra la vida, campañas de desprestigio, detenciones arbitrarias y el uso de la justicia en su contra la impunidad es lo que prevalece, es por ello que hay que resaltar los derechos de los periodistas bajo las premisas del derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones libremente, contar con igualdad de oportunidades para recibir, buscar e impartir información por cualquier medio de comunicación sin discriminación, a comunicar sus opiniones por cualquier medio y forma, a no recibir condicionamientos previos, tales como veracidad, oportunidad o imparcialidad, derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales,  el estado tiene la obligación de proteger y garantizar los derechos humanos de las personas que se dediquen a la función periodísticas bajo todas sus modalidades, materializando políticas públicas e integrales para que la práctica de esta profesión se pueda ejercer y disfrutar con todos los derechos y libertades sociales, económicas, políticas y de cualquier índole, así como adoptar medidas legislativas, administrativas para asegurar la protección de sus derechos.

    Los derechos de libertad de prensa y de acceso a la información constituyen un puente para fortalecer el progreso democrático, económico, social y cultural de una nación.

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