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Hostigamiento sexual y laboral en el 911 Emergencias Jalisco

Patricia Alvarado Defensora de Derechos Humanos
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OBSERVANDO

Patricia Alvarado

Hostigamiento sexual y laboral en el 911 Emergencias Jalisco

Guadalajara, Jalisco. En México es frecuente que las mujeres laboren en entornos intimidatorios y humillantes, el hostigamiento laboral y sexual esta al tope, recordemos que el hostigamiento sexual  “es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, y se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva”, y el hostigamiento laboral conlleva actos de violencia física o psicológica, que atentan contra la integridad física o moral de la trabajadora en las modalidades de persecución laboral, discriminación laboral, entorpecimiento laboral, inequidad laboral, desprotección laboral, entre otros, estas violencias están diseminadas a lo largo y ancho del país y lo más preocupante es que están normalizadas socialmente. El hostigamiento sexual y laboral constituyen una forma de discriminación, porque niegan en la persona un trato digno, le desconocen a la víctima ser una persona con derechos humanos y por lo tanto la cosifican y la maltratan.

     Dos mujeres jaliscienses han sido víctimas de acoso sexual y laboral en las instalaciones del 911 jalisciense; un ente gubernamental cuyo servicio opera en toda la república mexicana y que desgraciadamente en Jalisco ha sido puesto en la mira como un lugar donde se violan los derechos humanos de las mujeres. El 911 es un servicio que indiscutiblemente está al servicio de todo México y que su función es un esfuerzo en conjunto de corporaciones policíacas, bomberos, y protección civil para ofrecer auxilio y dar solución a la ciudadanía ante cualquier emergencia y que hoy está en el ojo del huracán de la violencia de género.

     Es a través de redes sociales y de medios de comunicación que esta violencia ha salido a la luz pública, donde las mujeres han sido revictimizadas por las instituciones de impartición de justicia y defensa de derechos humanos quienes debieran protegerlas y darles certidumbre a sus denuncias de forma pronta y expedita, ya que es desde el 2021 cuando se presentaron estas violaciones a sus derechos humanos y aún es fecha que no tienen una resolución contundente a sus casos truncando con ello su desarrollo personal y profesional ya que las dos mujeres debido a represalias veladas tuvieron que renunciar a sus empleos en dicha dependencia.

     Inadmisible lo que pasa en Jalisco con respecto a la violencia de género, regularmente se cuestiona porque las mujeres no denuncian, pero realmente el cuestionamiento es cuántas de las denuncias presentadas por mujeres violentadas están sujetas a una investigación y cuántas de estas denuncias están vinculadas a proceso, para ahora sí con carpetas de investigación en firme pudiera cuestionarse la falta de denuncia, pues muchas de las mujeres se abstienen de denunciar por miedo, temor y por evitarse un viacrucis judicial que empantana el proceso judicial, la víctima prefiere no denunciar para evitar ser revictimizada, culpabilizada, excluida y rechazada. El hostigamiento sexual y laboral son normalizados pues regularmente se desconfía de la víctima, y se le cree al superior jerárquico al hombre y no a una mujer.

     Los daños ocasionados por el hostigamiento sexual y laboral afectan a la víctima de diferentes formas desde estragos físicos como psíquicos, estrés, ansiedad, depresión, frustración, insomnio, fatiga, disminución de la autoestima, humillación, aislamiento, deterioro de las relaciones sociales, úlceras a nivel físico, suicidio y hábitos adictivos, ausentismo, despido en el trabajo, renuncia al trabajo, mal desempeño y disminución de la productividad y discapacidad laboral, entre otras; todo ello afectando su calidad de vida y la de su familia.

     Aunado a los daños están los derechos humanos violentados de la mujer; se afecta el derecho a la vida, porque la mujer puede generar una crisis psicológica que puede conducir a un suicidio, se afecta a la dignidad de la persona, el derecho a la integridad física y psicológica, derecho a la libertad sexual, porque la libertad implica la decisión del desarrollo o no de una actividad sin presión o influencias para realizarla, como la sexual, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, porque el concepto de la vida privada engloba aspectos como la identidad física y social que incluyen la autonomía y desarrollo personal, el derecho a una vida libre de violencia que “incluye el ser libre de toda forma de discriminación, y el derecho de las personas, en específico de la mujer, a ser valoradas y educadas libres de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación conforme a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará”, de 1995.

    La sociedad también es afectada por los costos sociales que tienen las violencias contra las mujeres, desde reintegrar a las víctimas a un ambiente sano y libre de violencia, dificultad de acceso de las mujeres a trabajos de alto nivel y salarios justos, hasta gastos en procesos administrativos y jurisdiccionales.

    Es necesario la concienciación social sobre los derechos humanos de las mujeres y de todas las personas, impostergable una agenda efectiva para la promoción, defensa y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales.

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