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Niegan amparo contra ampliación de mandato de Zaldívar

Niegan amparo contra ampliación de mandato de Zaldívar
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Ciudad de México.- El juzgado 12 de distrito con sede en el estado de Chihuahua desechó, por considerar improcedente, una petición de amparo promovida por un ciudadano en contra de la ampliación de dos años al mandato de Arturo Zaldívar como presidente del Poder Judicial de la Federación (PJF).

Niegan amparo contra ampliación de mandato de Zaldívar
Artuto Zaldívar pidió a la Suprema Corte que analicen la constitucionalidad de la medida establecida en la reforma judicial.

Mediante el recurso jurídico un ciudadano trató de que no tuviera aplicación el apartado de la reforma judicial que permite ampliar el mandato de Zaldívar.

La respuesta a la solicitud de amparo menciona que se niega la suspensión solicitada pues lo estipulado en la reforma judicial no afecta a la persona que interpuso la demanda, ya que la legislación es precisa y beneficia o afecta únicamente a quienes forman parte del máximo tribunal del país, ya que con la extensión de mandato, Zaldivar permanece como presidente del PJF y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“No se aprecia que de prosperar esta instancia constitucional, se traduzca en un beneficio para el accionante del amparo, en razón de que la anulación de los actos no produciría ningún efecto directo o indirecto en su esfera jurídica.

“Al no pertenecer al grupo de personas al que está dirigida la disposición combatida (integrantes de la SCJN o del Poder Judicial de la Federación), ningún beneficio obtendría con la hipotética concesión de las medidas cautelares y/o del amparo”, menciona la resolución que aparece en el listado de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal.

A este respecto, el propio ministro Artuto Zaldívar pidió a la Suprema Corte que analicen la constitucionalidad de la medida establecida en la reforma judicial.

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1 pensamiento sobre “Niegan amparo contra ampliación de mandato de Zaldívar”

  1. Es una aberración jurídica y una violación a derechos humanos, ya que en uso de su interés legítimo, cualquier ciudadano, dentro del término de treinta días que establece la Ley de Amparo, puede recurrir, en amparo contra leyes, contra esa disposición que viola en forma directa y descarada la constitución y altera el orden constitucional, lo que potencialmente afecta la vida, tranquilidad y la vida dentro del estado de derecho no nomás del ciudadano que promovió el amparo, sino de todos los mexicanos,.
    A ese amparo se le debe de dar trámite y resolver en ese sentido, el argumento de que esta dirigida la ley a funcionarios de la SCJN y del CJF, es una salida fácil de un un secretario chambón, como se les conoce en el medio, que debe de ser revisada por el superior, y en este caso el recurso de queja deberá de ser atraído por la SCJN, por ser un tema de interés y trascendencia, y resolverlo en Pleno.

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