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Insiste CNDH en trasladar a Mario Aburto a otro centro penitenciario

Insiste CNDH en trasladar a Mario Aburto a otro centro penitenciario
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Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reiteró su petición a las autoridades penitenciarias para que se traslade a Mario Aburto Martínez a un centro de reclusión más cercano a donde vive su familia, y lamentó que todavía no haya cumplido con dicho compromiso.

Insiste CNDH en trasladar a Mario Aburto a otro centro penitenciario

En un comunicado, el organismo público le hizo un “respetuoso extrañamiento” al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) por el tema del traslado de Aburto, acusado por el asesinato del candidato presidencial priísta Luis Donaldo Colosio, en 1994.

La Comisión recordó que el pasado 7 de mayo las autoridades carcelarias habían señalado que aceptaban su exhorto para el traslado de Aburto, quien actualmente se encuentra detenido en el Centro Federal de Readaptación Social número 12, ubicado en el estado de Guanajuato, lugar en el cual el sentenciado afirmó que ha sufrido malos tratos.

Sin embargo, el 10 de mayo el OADPRS le comunicó a la CNDH que “se encuentran jurídica y materialmente imposibilitados para llevar a cabo el cumplimiento de nuestra solicitud”, lo cual significa “un hecho atípico”, no sólo porque las medidas aceptadas después se hayan declarado inviables, sino también “por las razones con que se justifica la negativa”.

La CNDH recordó que su solicitud derivaba “no de una petición de traslado voluntario del interno, sino de una queja, interpuesta por él y por su familia, a la cual estamos dando debido seguimiento y en su momento desahogaremos en toda y cada una de sus partes”.

El organismo reconoció que las condiciones de reclusión de Aburto “mejoraron notoriamente” tras la aceptación y cumplimiento de las medidas cautelares que había solicitado en su favor, pero indicó que si se acepta su traslado al Centro de Readaptación Social de “El Hongo”, en Baja California, se daría pleno cumplimiento al mandato de garantizar los derechos del quejoso.

“A juicio de esta Comisión Nacional, sería necesario realizar una razonable y proporcional ponderación entre la seguridad de la persona privada de su libertad, y los derechos humanos de él y de su familia, reiteradamente violados durante 27 años”, para ajustarla con los postulados de la Ley Nacional de Ejecución Penal según los cuales los internos podrán cumplir su pena en una cárcel cercana a su domicilio.

La CNDH enfatizó que “subsiste el derecho del señor Aburto y de su familia a tener contacto entre sí”, lo cual implica proteger sus derechos a no ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada y su familia; comunicarse con el mundo exterior, especialmente con su familia; y conceder en la medida de lo posible la petición de un recluso de ser encarcelado en un centro cercano a su domicilio.

De no trasladar a Aburto al centro de reclusión más cercano a su domicilio y familia, “el derecho a la seguridad se vería optimizado en un nivel bajo, y en cambio en ese supuesto, la vulneración al derecho humano de purgar su pena en un lugar cercano a su domicilio y a convivir con la familia, se vería afectado en un grado intenso”.

De acuerdo con el organismo público, el penal de “El Hongo” cuenta con las medidas necesarias para garantizar la seguridad de Aburto, además de que se encuentra mucho más cerca de la familia del interno.

La distancia entre Aburto y sus seres queridos, indicó, ha provocado el alejamiento con su familia, en particular con su madre, quien tiene 27 años de no tener contacto alguno con el acusado.

La CNDH estimó que “no es obstáculo el hecho de que uno de los Centros de Readaptación sea Federal y otro Estatal, porque la legislación aplicable contempla dicha circunstancia mediante la celebración de acuerdos”.

En este caso, dijo la Comisión, “no estamos en presencia de un trámite administrativo para conceder, ordenar y ejecutar el traslado de la persona privada de su libertad, sino frente a un imperativo de derechos humanos mediante el cual se hace absolutamente justificable la aceptación de las medidas cautelares solicitadas por esta Comisión Nacional, que lo que procuran es salvaguardar el derecho del Señor Aburto Martínez a purgar su pena de prisión en el centro penitenciario más cercano al domicilio de su familia”.

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